SISTEMA JURÍDICO MIXTO DE FILIPINAS

SISTEMA JURÍDICO MIXTO DE FILIPINAS
Ordenamiento jurídico: El sistema jurídico de la República de Filipinas es mixto, es una combinación del derecho español de base neorromanista, y del derecho angloamericano, islámico y de la costumbre.
Las Islas Filipinas se convirtieron en una colonia española durante el siglo 16, que fueron cedidas a los EE.UU. en 1898 después de la Guerra Española-Americana. En 1935, Filipinas se convirtió en una comunidad autónoma. Manuel Quezon fue elegido presidente y se le encargó la preparación del país para la independencia después de una transición de 10 años. En 1942 las islas cayeron bajo la ocupación japonesa durante la Segunda Guerra Mundial, y las fuerzas de EE.UU. y los filipinos lucharon entre sí durante 1944-1945 para recuperar el control.
El 4 de Julio de 1946, la República de las Filipinas obtuvo su independencia. Una regla de 20 años de Ferdinand Marcos terminó en 1986, cuando un “poder popular” movimiento en Manila (“EDSA 1”) le obligó a exiliarse e instalarse como presidente Corazón Aquino. Su presidencia se vio obstaculizada por varios intentos de golpe que impidió el retorno a la plena estabilidad política y desarrollo económico. Fidel Ramos fue elegido presidente en 1992. Su administración se caracterizó por una mayor estabilidad y el progreso en las reformas económicas.
En el año 1992, los EE.UU. cerró sus bases militares pasado en las islas. Joseph Estrada fue elegido presidente en 1998. Fue sucedido por su vicepresidente, Gloria Macapagal-Arroyo, en enero de 2001 después de juicio político tormentoso de Estrada, por cargos de corrupción y el “poder popular” del movimiento (“EDSA 2”) exigieron su renuncia. Macapagal-Arroyo, fue elegido como presidente en mayo de 2004 para un mandato de seis años. Su presidencia estuvo marcada por varias acusaciones de corrupción, pero la economía de Filipinas fue uno de las pocas que evitó la contracción tras la crisis financiera mundial en 2008. Benigno Aquino III fue elegido para un mandato de seis años como presidente en mayo de 2010.
El Gobierno de Filipinas se enfrenta a amenazas de varios grupos en la lista de Organizaciones Terroristas de Relaciones Exteriores del gobierno de EE.UU. Manila ha librado una lucha de décadas contra las insurgencias étnicas Moro en el sur de Filipinas, que ha llevado a un acuerdo de paz con el Frente Moro de Liberación Nacional y las conversaciones on-again/off-again paz con el Frente Moro de Liberación Islámica.

PODER EJECUTIVO
Jefe de Estado: Presidente Benigno Aquino (desde el 30 de junio de 2010), el vicepresidente Jejomar Binay (desde el 30 de junio de 2010); (el presidente es a la vez jefe de estado y jefe de gobierno)
Jefe de gobierno: el presidente Benigno Aquino (desde el 30 de junio de 2010)
Gabinete: Gabinete designado por el presidente con el consentimiento de la Comisión de Nombramientos
Las elecciones: presidente y vicepresidente electos en los billetes por separado por el voto popular para un único mandato de seis años, la elección celebrada el 10 de mayo de 2010, Benigno Aquino, declarado ganador y asumió el cargo el 30 de junio de 2010; las próximas elecciones que se celebrarán 05 2016.

 PODER LEGISLATIVO
Está depositado en el congreso de Flipinas, éste es bicameral:
Cámara de Senadores: compuesta por 24 miembros. Para ser senador se requiere ser filipino por nacimiento, tener por lo menos 35 años de edad el día de la elección, saber leer y escribir y haber residido en el país por lo menos dos años antes al día de la elección. Los senadores duran seis años en su puesto y no pueden reelegirse por más de dos períodos consecutivos.
Cámara de Representantes: integrada por 250 miembros. Para ser miembro de ella se requiere ser filipino por nacimiento, tener por lo menos el día de la elección 25 años de edad, saber leer y escribir y haber residido en el país por lo menos un año antes al día de la elección. Los representantes serán elegidos  por un término de tres años y no pueden reelegirse por más de tres períodos consecutivos.
El congreso se reunirá una vez al año el cuarto lunes del mes de julio en período ordinario de sesiones, salvo que la ley fije una fecha diferente, y continuará en sesión el número de días que el mismo congreso acuerde hasta treinta días antes de que se inicie su próximo período ordinario, excluidos los sábados, domingos y días festivos, sin perjuicio de que el Presidente pueda convocar una sesión especial.
Ningún proyecto de ley aprobado por cualquiera de las cámaras convertirá en ley mientras no haya sido aprobado en tres lecturas en días separados, y se hayan distribuido entre sus miembros ejemplares impresos del mismo en su forma final tres días antes de la aprobación. Cada proyecto de ley aprobado por el congreso será presentado al presidente antes de que se convierta en ley. Si el presidente lo aprueba, lo firmará; en caso contrario, lo vetará y devolverá con sus objeciones. Si después de considerar las objeciones cada una de las cámaras vuelve a aprobar el proyecto de dos tercios de la totalidad DE LOS miembros de cada cámara, se convertirá en ley. Las retribuciones de los miembros de la cámara de senadores y de representantes serán fijadas por la ley. No entrará en vigor ningún aumento en dicha retribución hasta después que finalice el período de todos los miembros del senado y la Cámara de Representantes que hayan aprobado el aumento.

PODER JUDICIAL
Se deposita en la corte suprema y en los tribunales establecidos por la ley.
Corte Suprema: compuesta por un Presidente y catorce Ministros, que pueden sesionar en pleno o en salas. Por debajo de la Corte Suprema se encuentran los tribunales regionales y los locales. La Corte Suprema está compuesta por un presidente y catorce jueces asociados, puede sesionar en salas de tres, cinco o siete miembros. Entre algunas de sus funciones se pueden mencionar las siguientes:
*Ejercer la jurisdicción original sobre las causas que afecten a Embajadores, Cónsules y Ministros públicos.
*Revisar, repasar, anular, modificar o afirmar en apelación sentenmcias firmes y órdenes de tribunales inferiores.
*Todos los casos criminales donde la pena impuesta sea la cadena perpetua o pena de muerte.
*Nombrar a los funcionarios de la judicatura de acuerdo con la ley de la materia.
*tendrá la supervisión administrativa sobre todos los juzgados y el personal de los miembros.
Existe un consejo judicial y de barra bajo la supervisión de la suprema corte. Compuesta por el presidente de la misma, de un secretario de justicia y un representante del congreso; la barra está representada por un profesor de derecho, un miembro retirado de la corte suprema y un representante del sector privado.
Entre las funciones del consejo está recomendar las personas que pueden formar parte del poder judicial.

Los nombramientos de los miembros de la corte suprema y de los jueces serán realizados por el presidente de entre una lista de tres candidatos, preparada por el consejo judicial y de barra para cada vacante.

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